OSC-Agricultura
El Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA es el Órgano Sectorial Competente (OSC) del Sector Agricultura, según lo dispuesto por el reglamento de la Ley 27104, cuya función es regular toda actividad que involucre el uso de Organismos Vivos Modificados con fines agrarios, incluyendo los controladores biológicos, plaguicidas biológicos formulados y alimentos primarios.
Para ello, el INIA cuenta con la Sub Dirección de Regulación de la Innovación Agraria, dentro de la Dirección de Gestión de Innovación Agraria, donde se constituye el Componente para la Regulación de la Seguridad de la Biotecnología Agraria (CRSBA), que tiene el encargo de formular, actualizar e implementar las estrategias, las normas técnicas y los procedimientos operativos para ejercer las funciones del INIA como ente rector en materia de bioseguridad agraria.
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Funciones como OSC-Agricultura
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones referentes a la seguridad de la biotecnología establecidas en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Protocolo de Cartagena, la Ley 27104, la Ley 29811 y otras disposiciones nacionales o internacionales y complementarias relacionadas a la bioseguridad.
- Elaborar, con la colaboración del Grupo Técnico Sectorial (GTS) de Agricultura, el Reglamento Interno de Bioseguridad del Sector Agricultura, que contendrá los mecanismos y procedimientos para la toma de decisiones y el fortalecimiento institucional; así como implementarlo y velar por su cumplimiento.
- Recibir y evaluar las solicitudes para la realización de todas las actividades con OVM agrarios.
- Registrar y mantener actualizado el registro de los OVM agrarios, sus productos derivados y los organismos que los contengan, así como también las personas naturales o jurídicas, del sector público o privado, que realicen actividades con estos.
- Otorgar, reevaluar, modificar, suspender, cancelar o denegar autorizaciones de uso y registros de OVM agrarios, sus productos derivados y los organismos que los contengan, siguiendo los procedimientos especificados en el Protocolo de Cartagena y la normativa nacional, basando su decisión en el informe del GTS de Agricultura.
- Implementar y conducir el Programa Nacional para el Seguimiento de actividades que se realicen con OVM agropecuarios y forestales en el país, con apoyo del GTS de Agricultura, incluyendo la revisión de los programas de gestión de riesgos para determinar los posibles efectos adversos por el uso confinado, liberación voluntaria o comercialización de dichos OVM.
- Realizar inspecciones de las instalaciones, laboratorios, campos de investigación y experimentación de las instituciones públicas y privadas, previamente registradas, del sector agricultura. Bajo informe técnico del GTS de Agricultura, podrá disponer el cierre parcial o total de estas instalaciones si no cuentan con las medidas de bioseguridad necesarias y podrían poner en riesgo a la salud humana, la diversidad biológica y el ambiente.
- Canalizar las denuncias de los posibles efectos adversos generados por el uso y manejo de OVM a nivel nacional.
- Proponer y coordinar con el MINAM la política sectorial de bioseguridad.
- Realizar la gestión de asistencia técnica y financiera para el fortalecimiento institucional y de sus órganos de apoyo, incluyendo el GTS de Agricultura, en la implementación de las disposiciones contenidas en la normativa nacional vigente en materia de bioseguridad.
- Velar por la capacitación de sus profesionales y la adopción o desarrollo de metodologías técnico-científicas en materia de bioseguridad agrícola.
- Informar al MINAM sobre las acciones que se ejecuten en la bioseguridad agrícola y apoyar en la elaboración de informes para las reuniones intersectoriales, nacionales o internacionales, en materia de bioseguridad.
- Establecer convenios con universidades, instituciones, empresas o especialistas nacionales o extranjeros para apoyar sus decisiones sobre OVM agropecuarios y forestales.
- Difundir información sobre los riesgos y beneficios derivados del uso y manejo de OVM agropecuarios y forestales, procurando la participación de la sociedad civil.
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Miembros del GTS de Agricutura
- Instituto Nacional de Innovación Agraria.
- Servicio Nacional de Sanidad Agraria.
- Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego.
- Ministerio del Ambiente.
- Universidades relacionadas con el sector agrario.
JORGE ACÁNTARA DELGADO
Director
Sub Dirección de Regulación de la Innovación Agraria
Instituto Nacional de Innovación Agraria
Email: jalcantara@inia.gob.pe
Teléfono: (+51 1) 240 2100
Anexo: 342
Dirección: Av. La Molina N° 1981, La Molina, Lima.