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Ministerio del Ambiente
La creación del Ministerio del Ambiente – MINAM, en mayo de 2008, marcó un hito en la institucionalidad ambiental del país, pues se adecuó la estructura del Estado para responder a los desafíos nacionales e internacionales para lograr el desarrollo sostenible.
Según el reglamento de la Ley 27104, el MINAM asume las funciones de Instancia de Coordinación Intersectorial en temas de bioseguridad y Punto Focal Nacional para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. Asimismo, es la Autoridad Nacional Competente de la Ley 29811, que establece una moratoria al ingreso y producción de Organismos Vivos Modificados por un periodo de 10 años.
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Funciones de la Ley 27104
- Actuar como Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología – CIISB, administrando, consolidando y difundiendo la información generada por los Organismos Sectoriales Compententes – OSC, sobre actividades realizadas con Organismos Vivos Modificados (OVM) de su competencia, así como cualquier otra información nacional e internacional que se genere sobre esta materia.
- Analizar, diseñar y proponer mecanismos para el intercambio de información generados por los OSC sobre la evaluación, gestión y comunicación de riesgos así como los registros otorgados para las actividades con OVM, sus derivados o los productos que los contengan, en el territorio nacional.
- Informar cuando corresponda, a los organismos internacionales, regionales o subregionales competentes sobre los registros concedidos para realizar actividades con OVM. Implementar los acuerdos y convenios relacionados con el Protocolo de Cartagena.
- Cumplir las disposiciones y obligaciones emanadas del Protocolo informando a la Secretaría sobre las actividades desarrolladas en el país o incidentes ocasionados por los OVM.
- Analizar, diseñar y proponer mecanismos para el fortalecimiento de las funciones de las instancias nacionales encargadas de aplicar el presente reglamento.
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Funciones de la Ley 29811
Como Centro Focal Nacional:
- Fomentar la creación y fortalecimiento de capacidades relativas a bioseguridad y bioética a nivel nacional.
- Elaborar conjuntamente con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, Proyectos Especiales, en coordinación con las autoridades sectoriales que corresponda, con la finalidad de generar capacidades nacionales científicas y tecnológicas necesarias para evaluar y analizar los posibles riesgos de la liberación de OVM en el ambiente.
- Elaborar conjuntamente con el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, el Programa de Biotecnología y Desarrollo Competitivo, con el fin de fomentar la biotecnología con base en los recursos genéticos nativos para lograr su conservación y desarrollo competitivo en lo económico social y científico.
- Generar, en coordinación con los autoridades sectoriales que corresponda, las líneas de base sobre la biodiversidad nacional potencialmente afectada por la liberación de OVM, a través del Programa para el Conocimiento y Conservación de los Recursos Genéticos Nativos con Fines de Bioseguridad.
- Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de los Programas y Proyectos Especiales, con las entidades públicas y privadas competentes.
Como Autoridad Nacional Competente:
- Proporcionar información y atender consultas en el marco de la Ley 29811 y su reglamento.
- Velar por el cumplimiento de la Ley 29811, en coordinación con las entidades responsables de su implementación.
- Establecer los lineamientos para la elaboración armonizada de protocolos con las autoridades de vigilancia y control, y dar opinión previa a la aprobación de los mismos.
- Coordinar con las autoridades de vigilancia y control las acciones referidas a los movimientos transfronterizos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 29811.
- Identificar y ubicar los centros de origen y diversificación de biodiversidad de acuerdo a las líneas de base elaboradas en los procesos de Zonificación Ecológica Económica y de Ordenamiento Territorial.
- Mantener un Registro de Infractores actualizado, así como de las sanciones impuestas.
- Fortalecer capacidades del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA y demás entidades con competencia en la materia, en la detección cualitativa de OVM para la aplicación de la Ley 29811.
- Proponer y aprobar las normas que permitan mejorar la regulación de la bioseguridad en el país, en el marco de la Ley Nº 29811 y demás normativa aplicable.
- Informar anualmente al Congreso de la República sobre el cumplimiento de la Ley 29811 y la situación nacional en materia de bioseguridad.
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JESSICA AMANZO ALCÁNTARA
Punto Focal Nacional del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
Directora de la Dirección General de Diversidad Biológica
Ministerio del Ambiente
Email: jamanzo@minam.gob.pe
Teléfono: (+51 1) 611 6000
Anexo: 1340
Dirección: Av Antonio Miroquesada 425, Of. 408, Magdalena del Mar, Lima.