Ministerio del Ambiente
La creación del Ministerio del Ambiente – MINAM, en mayo de 2008, marcó un hito en la institucionalidad ambiental del país, pues se adecuó la estructura del Estado para responder a los desafíos nacionales e internacionales para lograr el desarrollo sostenible.
Según el reglamento de la Ley 27104, el MINAM asume las funciones de Instancia de Coordinación Intersectorial en temas de bioseguridad y Punto Focal Nacional para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. Asimismo, es la Autoridad Nacional Competente de la Ley 29811, que establece una moratoria al ingreso y producción de Organismos Vivos Modificados por un periodo de 10 años.
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Funciones de la Ley 27104
- Actuar como Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología – CIISB, administrando, consolidando y difundiendo la información generada por los Organismos Sectoriales Compententes – OSC, sobre actividades realizadas con Organismos Vivos Modificados (OVM) de su competencia, así como cualquier otra información nacional e internacional que se genere sobre esta materia.
- Analizar, diseñar y proponer mecanismos para el intercambio de información generados por los OSC sobre la evaluación, gestión y comunicación de riesgos así como los registros otorgados para las actividades con OVM, sus derivados o los productos que los contengan, en el territorio nacional.
- Informar cuando corresponda, a los organismos internacionales, regionales o subregionales competentes sobre los registros concedidos para realizar actividades con OVM. Implementar los acuerdos y convenios relacionados con el Protocolo de Cartagena.
- Cumplir las disposiciones y obligaciones emanadas del Protocolo informando a la Secretaría sobre las actividades desarrolladas en el país o incidentes ocasionados por los OVM.
- Analizar, diseñar y proponer mecanismos para el fortalecimiento de las funciones de las instancias nacionales encargadas de aplicar el presente reglamento.
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Funciones de la Ley 29811
Como Centro Focal Nacional:
- Fomentar la creación y fortalecimiento de capacidades relativas a bioseguridad y bioética a nivel nacional.
- Elaborar conjuntamente con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, Proyectos Especiales, en coordinación con las autoridades sectoriales que corresponda, con la finalidad de generar capacidades nacionales científicas y tecnológicas necesarias para evaluar y analizar los posibles riesgos de la liberación de OVM en el ambiente.
- Elaborar conjuntamente con el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, el Programa de Biotecnología y Desarrollo Competitivo, con el fin de fomentar la biotecnología con base en los recursos genéticos nativos para lograr su conservación y desarrollo competitivo en lo económico social y científico.
- Generar, en coordinación con los autoridades sectoriales que corresponda, las líneas de base sobre la biodiversidad nacional potencialmente afectada por la liberación de OVM, a través del Programa para el Conocimiento y Conservación de los Recursos Genéticos Nativos con Fines de Bioseguridad.
- Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de los Programas y Proyectos Especiales, con las entidades públicas y privadas competentes.
Como Autoridad Nacional Competente:
- Proporcionar información y atender consultas en el marco de la Ley 29811 y su reglamento.
- Velar por el cumplimiento de la Ley 29811, en coordinación con las entidades responsables de su implementación.
- Establecer los lineamientos para la elaboración armonizada de protocolos con las autoridades de vigilancia y control, y dar opinión previa a la aprobación de los mismos.
- Coordinar con las autoridades de vigilancia y control las acciones referidas a los movimientos transfronterizos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 29811.
- Identificar y ubicar los centros de origen y diversificación de biodiversidad de acuerdo a las líneas de base elaboradas en los procesos de Zonificación Ecológica Económica y de Ordenamiento Territorial.
- Mantener un Registro de Infractores actualizado, así como de las sanciones impuestas.
- Fortalecer capacidades del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA y demás entidades con competencia en la materia, en la detección cualitativa de OVM para la aplicación de la Ley 29811.
- Proponer y aprobar las normas que permitan mejorar la regulación de la bioseguridad en el país, en el marco de la Ley Nº 29811 y demás normativa aplicable.
- Informar anualmente al Congreso de la República sobre el cumplimiento de la Ley 29811 y la situación nacional en materia de bioseguridad.
JESSICA AMANZO ALCÁNTARA
Punto Focal Nacional del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
Directora de la Dirección General de Diversidad Biológica
Ministerio del Ambiente
Email: jamanzo@minam.gob.pe
Teléfono: (+51 1) 611 6000
Anexo: 1340
Dirección: Av Antonio Miroquesada 425, Of. 408, Magdalena del Mar, Lima.